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Tipos de visados para España: cuáles existen y en qué se diferencian de una estancia

En el artículo de hoy nos proponemos comentar y definir cuáles son los diferentes tipos de visados que existen para visitar, emigrar y/o trabajar en España.

Además, y puesto que somos conscientes de la confusión que hay alrededor de estos conceptos, aprovecharemos para aclarar las diferencias entre lo que es un visado y una estancia, ya que aunque tienden a confundirse existen notables diferencias entre ellos.

 

Qué es un visado o visa

Empecemos por el principio. Aunque es algo que casi todos conocen, no está de más comenzar estableciendo que el visado es un permiso previo, que en la mayoría de los casos se solicita ante las autoridades consulares españolas radicadas en el país de origen o residencia del solicitante.

En otras palabras, la visa hay que pedirla antes de viajar al país de destino, aunque como veremos existen algunos supuestos en los que también es posible solicitar un visado en la frontera. O sea, directamente en los puestos fronterizos habilitados para entrar legalmente en España.

Como veremos un poco más abajo, existen diversos tipos de visados dependiendo de la duración del viaje y del motivo del mismo. Toda la información acerca de estos permisos, así como los requisitos para solicitarlos, plazos, documentación necesaria, etc., se publica en la web del consulado español correspondiente al domicilio del extranjero interesado.

Es importante tener en cuenta que estos requisitos, y el procedimiento que rodea a la solicitud de una visa, están constantemente sujetos a variaciones y actualizaciones, y no tienen por qué coincidir con la manera en que otros consulados españoles gestionan estos trámites. Por lo tanto, nuestra recomendación es la de verificar siempre toda la información al momento de iniciar el proceso.

 

Diferencias entre visado y estancia

Como ya hemos visto, el visado consiste básicamente en una autorización de entrada, que en todos los casos conlleva aparejada la posibilidad de permanecer en España durante un período de tiempo, habitualmente de corta duración.

Ahora bien, una vez en territorio nacional, si se pretende permanecer por más tiempo por alguno de los motivos permitidos por la normativa de extranjería (estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado), se debe iniciar un procedimiento de solicitud de autorización de estancia. Y este trámite debe realizarse ante la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el extranjero fije su domicilio.

Si la solicitud de estancia es aceptada y supera los seis meses, con la resolución se podrá solicitar la correspondiente Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Por su parte, las estancias que no excedan los seis meses no necesitarán la emisión de TIE. En estos casos bastará con la resolución de concesión y un pasaporte en vigor para acreditar la situación regular.

 

Tipos de visados para España

Aclarada la diferencia entre visado y estancia, antes de explicar los diferentes tipos de visados que existen para España es importante recordar que a los ciudadanos de la Unión Europea y de Noruega, Islandia, Liechtenstein y Suiza, así como a sus familiares (cónyuges, parejas de hecho, ascendientes y descendientes), no se les exige visado para la entrada al país. Esto se aplica con independencia del motivo de su viaje, siempre y cuando lo hagan desde dentro de uno de estos países.

Sin embargo, si es un familiar de los anteriormente mencionados que se encuentra en su país de origen y sin autorización de residencia en España, y pretende viajar aquí, se le exigirá o no visado en función de su nacionalidad, la duración y el motivo de viaje.

Dicho esto, a continuación detallaremos los diferentes tipos de visados para España y cuáles son sus particularidades.

 

Visados de tránsito aeroportuario

Este tipo de visa habilita a su titular para atravesar la zona internacional de tránsito de un aeropuerto español con objeto de tomar un vuelo de conexión, sin que en ningún momento pueda cruzar los pasos fronterizos.

En otras palabras, este tipo de visado se concede para poder viajar entre países, pero no otorga permiso para acceder al territorio nacional. De hecho, cuando la conexión del vuelo implique tener que cambiar de terminal aérea pasando un control de fronteras, será necesario solicitar un visado Schengen, que es el tipo que explicamos a continuación.

 

Visados de corta duración (Schengen)

Estos visados habilitan para el tránsito o para una estancia en el territorio de España y en el del resto de los países del Espacio Schengen, siempre y cuando esta no supere los tres meses (90 días) en un periodo de seis (180 días) desde la primera fecha de entrada a cualquiera de los Estados Schengen.

Este tipo de visas suele solicitarse por motivos turísticos, culturales, sanitarios, familiares y/o para estudios de corta duración. La regla general es que los extranjeros que deseen viajar a España por alguno de estos motivos deberán venir provistos de un visado, excepto cuando se trate de nacionales de los países que no se encuentran recogidos en el listado de países sometidos a la obligación de visado para el cruce de las fronteras exteriores para estancias en el Espacio Schengen.

O sea, existe un listado de países a cuyos nacionales se les exige tramitar y obtener dicho visado con carácter previo a su viaje a cualquiera de los países que actualmente integran el Espacio Schengen.

 

Visados nacionales

Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España.

Todos los extranjeros que deseen entrar en España por cualquiera de estos motivos necesitan contar con un visado nacional, a menos que se trate de ciudadanos (o sus familiares) de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza.

 

Visados expedidos en frontera

Como decíamos al principio, existen ciertas excepciones a la solicitud de una visa con carácter previo al viaje. En el caso de España, la expedición de este tipo de visado está orientada a resolver situaciones urgentes de tipo humanitario, de interés nacional o derivadas de obligaciones internacionales.

Qué duración tienen estos tipos de visados

Los visados que se conceden por las autoridades consulares españolas pueden tener una validez superior a los tres meses, en caso que se concedan para entradas múltiples, y no para una única entrada al Espacio Schengen.

El hecho de tener concedido un visado de entradas múltiples, por ejemplo por un periodo de un año, no significa en ningún caso que el interesado pueda permanecer el año entero en España o en otros país del Espacio Schengen. Muy al contrario, el permiso concedido es para entrar en más de una ocasión durante la vigencia de dicho visado, pero siempre sin sobrepasar los 90 días de estancia dentro de un periodo de 180 días.

En otras palabras, con un visado de un año de duración y entradas múltiples se podría permanecer en España un máximo de dos estancias de 90 días cada una: una durante los primeros seis meses de vigencia del visado, y la segunda durante los últimos seis meses de vigencia del visado.

 

Cómo prorrogar un visado para España

Finalmente, es importante señalar también que existe la posibilidad de solicitar ciertas prórrogas a un visado.

Esto debe hacerse a través de la Oficina de Extranjería de la provincia en la que se encuentre el extranjero, aunque dicho trámite tiene un carácter excepcional. Así, el titular del visado tendrá que demostrar la existencia de razones humanitarias o de fuerza mayor que le impiden abandonar el Espacio Schengen, o bien la existencia de razones personales graves que justifiquen dicha prórroga.

 

Cómo solicitar el tipo de visado adecuado para viajar a España

Aunque a priori los tipos de visado son bastante claros, en ocasiones el proceso de solicitud puede alargarse más de lo deseable debido a la documentación a presentar o a las dudas que el interesado puede tener.

En Quintero Abogado estamos especializados en este tipo de trámites consulares, y podemos ayudarte a preparar los expedientes necesarios para solicitar la visa que necesitas para viajar por turismo, estudios, negocios, cuestiones médicas o familiares.

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