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Autorización de residencia temporal y trabajo para autónomos en España: una oportunidad para emprender con tu negocio

En nuestro artículo de hoy, abordaremos en detalle cuál es el trámite que deben realizar aquellos extranjeros que, encontrándose ya en España (o en su país de origen y desando trasladarse aquí), tengan como objetivo desarrollar un proyecto empresarial como trabajadores por cuenta propia (autónomos).

Esta autorización de residencia temporal y trabajo para autónomos en España es, además, una estupenda oportunidad también para los estudiantes extranjeros que, siendo titulares de un permiso de estancia por estudios en España, deseen permanecer en el país tras la culminación de los mismos, marcándose como objetivo profesional iniciar su propio negocio.

 

Duración, limitaciones y requisitos de la autorización de residencia temporal y trabajo para autónomos en España

La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia tendrá una duración de un año y podrá limitarse, para el caso de aquellas Comunidades Autónomas con competencias reconocidas para otorgar este tipo de permisos (en la actualidad, solamente Cataluña) a un ámbito geográfico autonómico y a un sector de actividad.

Para la concesión de esta autorización será necesario acreditar dos tipos de requisitos. En todos los casos, los referidos al ámbito de la residencia, y en segundo lugar los referidos al ámbito de la actividad laboral. A continuación los detallamos más a fondo.

 

Requisitos en el ámbito de la residencia

  1. No encontrarse irregularmente en territorio español.
  1. Carecer de antecedentes penales, tanto en España como en países anteriores de residencia durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento español.
  1. No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  1. Que haya transcurrido el plazo de compromiso de no regreso a España, asumido por el extranjero en el marco de su retorno voluntario al país de origen.
  1. Abonar la tasa por tramitación de la autorización de residencia temporal.

 

Requisitos en el ámbito de la actividad laboral

  1. Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige a los nacionales para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
  1. Poseer la cualificación profesional legalmente exigida o experiencia acreditada suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera.
  1. Acreditar la suficiencia de la inversión prevista para la implantación del proyecto y sobre la incidencia, en su caso, en la creación de empleo, incluyendo como tal el autoempleo.
  1. Haber abonado la tasa relativa a la autorización de trabajo por cuenta propia.

 

Procedimiento para el trabajador extranjero en su país de origen o residencia

El trabajador extranjero no residente que pretenda trabajar por cuenta propia en España deberá presentar, personalmente y en modelo oficial, la solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia ante la oficina consular española correspondiente a su lugar de residencia.

La solicitud de la autorización de residencia temporal y trabajo para autónomos en España deberá acompañarse de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos antes detallados. En concreto, será necesario lo siguiente:

  1. Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor del solicitante.
  1. Relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad o ejercicio profesional, indicando la situación en la que se encuentran los trámites para su consecución. Deben incluirse, en su caso, las certificaciones de solicitud ante los organismos correspondientes (licencias de apertura de locales, licencias para ejercer determinados tipos de actividades, etc.).
  1. Acreditación de la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
  1. Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea. Deberá incluirse documentación acreditativa de que cuenta con la inversión económica necesaria para la implantación del proyecto, o bien con compromiso de apoyo suficiente por parte de instituciones financieras u otras. Este será uno de los documentos más importante, pues acredita la viabilidad del proyecto empresarial que se quiere iniciar.

 

Una vez presentada la solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo para autónomos en España, la misión diplomática u oficina consular remitirá dicha petición a la oficina de extranjería competente (u órgano autonómico si procede), para la grabación y tramitación del expediente.

Una vez resuelto favorablemente el expediente, la entrada en España quedará condicionada a la solicitud del correspondiente visado por parte de las autoridades consulares. El trabajador deberá, dentro de los tres meses desde su llegada, darse de alta como autónomo y, con esa fecha, entrará en vigor el permiso concedido.

 

Visado de residencia y trabajo, y entrada en España

El interesado presentará, personalmente, la solicitud de visado en modelo oficial en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la notificación de la concesión de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia. Esta presentación deberá realizarse ante la misión diplomática u oficina consular española correspondiente a su lugar de residencia.

 

Documentación para obtener el visado

La solicitud de obtención del visado una vez el extranjero se encuentre en España deberá ir acompañada de la documentación pertinente. En este caso, habrá que presentar:

  1. Pasaporte ordinario o título de viaje, reconocido como válido en España, con una vigencia mínima de cuatro meses.
  1. Certificado de antecedentes penales, que debe ser expedido por las autoridades del país de origen, o país/países en que haya residido durante los últimos cinco años, donde no consten condenas por delitos previstos en el ordenamiento español.
  1. Certificado médico con el fin de acreditar que no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

 

La misión diplomática u oficina consular resolverá sobre la solicitud y expedirá, en su caso, el visado de residencia y trabajo, en el plazo máximo de un mes.

Como ya adelantábamos, en el plazo de los tres meses posteriores a la entrada legal del trabajador en España deberá producirse su afiliación, alta y posterior cotización, en los términos establecidos por la normativa de Seguridad Social que resulte de aplicación. El alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, en este caso Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el mencionado plazo, dotará de eficacia a la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.

Por último, en el plazo de un mes desde el alta del trabajador en el RETA, este deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero, personalmente y ante la oficina de extranjería o la comisaría de policía correspondientes. Al término de la vigencia de la autorización, el trabajador extranjero podrá renovarla o modificarla a cualquier otra de las autorizaciones vigentes en materia de Extranjería.

 

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Este permiso de residencia temporal y trabajo por cuenta propia supone una gran oportunidad para emprender en España y poner en marcha tu propio negocio. Y desde Quintero Abogado podemos ayudarte a realizar todos los trámites necesarios para su solicitud y expedición.

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