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Parejas de hecho en España: requisitos, pruebas de convivencia y nuevos trámites en Extranjería

La constitución de una pareja de hecho sigue siendo una de las vías más utilizadas para regularizar la situación administrativa de ciudadanos extranjeros en España. Sin embargo, el escenario legal ha cambiado sustancialmente: el Real Decreto 1155/2024 ha reestructurado los procedimientos de extranjería, y las Oficinas de Extranjería han endurecido de forma notable sus criterios de revisión.

Si estás planeando iniciar el trámite para ser pareja de hecho en España, o ya estás registrado, es fundamental conocer las exigencias actuales para evitar denegaciones por supuesta «pareja de conveniencia».

 

Qué es una pareja de hecho en España y cuáles son los requisitos para su inscripción

En España, una pareja de hecho es una relación jurídica que establece una forma de convivencia estable entre dos personas sin necesidad de contraer matrimonio.

La inscripción de las parejas de hecho viene regulada de manera independiente en cada Comunidad o Ciudad Autónoma, por lo que puede haber diferencias en cuanto a los requisitos, documentación y trámites exigidos por cada una de ellas. Esto supone una diferencia importante con los matrimonios, cuya regulación viene establecida de manera unitaria por el Código Civil.

De ahí que lo recomendable sea consultar la regulación específica vigente en la Comunidad o Ciudad Autónoma en la que tengas fijada tu residencia habitual. Es decir, donde estés empadronado/a.

No obstante, con independencia de la Comunidad o Ciudad Autónoma en la que se tramite la inscripción como pareja de hecho, existe una documentación y unos requisitos que son comunes:

  • Documentos de identidad de ambos miembros de la pareja. En el caso de extranjeros sin permiso de residencia en vigor (es decir, en situación irregular), este será siempre su pasaporte vigente.
  • Certificación de nacimiento, apostillada o legalizada en el caso del extranjero.
  • Documento oficial que acredite el estado civil de cada miembro (soltero, divorciado o viudo), puesto que su inscripción es incompatible con el matrimonio de uno de ellos, o con su inscripción como pareja de hecho en cualquier otro registro.

Una vez que tengamos en nuestro poder el certificado del registro de parejas de hecho que acredita que la misma consta inscrita como tal, se podrá iniciar el trámite de solicitud del permiso de residencia en Extranjería.

 

Cómo solicitar la tarjeta de residencia en Extranjería: el certificado de inscripción ya no es suficiente

Tradicionalmente, para solicitar la tarjeta de residencia en Extranjería bastaba con presentar el certificado del registro autonómico o municipal de parejas de hecho para justificar el vínculo legal. Hoy en día, para la mayoría de las Oficinas de Extranjería este documento es necesario, pero ya no suficiente.

Dado el incremento en la fiscalización de posibles uniones simuladas, los instructores del expediente pueden requerir (e imprimen mayor peso probatorio a) pruebas materiales que acrediten la veracidad, afectividad y convivencia efectiva de la pareja, tales como:

  • Empadronamiento conjunto prolongado y continuado.
  • Cuentas bancarias compartidas o titularidad conjunta de bienes e inmuebles.
  • Contratos de arrendamiento o suministros (luz, agua, internet) a nombre de ambos.
  • Seguros de vida o salud con designación de beneficiario recíproco.
  • Entrevistas personales voluntarias o de comprobación ante la propia Administración.

 

¿Qué trámites se pueden solicitar según el RD 1155/2024?

El Real Decreto 1155/2024 ha reorganizado los canales de regularización por vía familiar, diferenciando claramente el origen de la nacionalidad de la pareja:

1. Pareja de nacionalidad española: residencia para familiar de ciudadano español

Ya no se tramita a través de la figura del antiguo Arraigo Familiar. Si tu pareja de hecho es española, debes solicitar la Autorización de Residencia de Familiar de Ciudadano Español.

Existen efectos ampliados, por lo que una vez concedida la residencia a la pareja extranjera, el régimen actual permite extender este derecho y solicitar la autorización como familiar de ciudadano español a los descendientes (hijos) y ascendientes (padres) del propio ciudadano extranjero, siempre que se cumplan los requisitos de dependencia económica o convivencia.

2. Pareja de nacionalidad comunitaria (UE/EEE/Suiza): Tarjeta de Familiar de Ciudadano de la UE

Si tu pareja es ciudadana de un Estado miembro de la Unión Europea (o del EEE/Suiza) distinto de España, el trámite correspondiente sigue siendo la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea.

 

¿Qué beneficios tiene ser pareja de hecho en España?

La mayoría de los extranjeros que se inscriben como pareja de hecho de un ciudadano español o comunitario se encuentran en situación irregular. Esto implica que, gracias al nuevo estatus jurídico que adquieren tras la inscripción (se convierten en familiares de ciudadano español o comunitario), pueden acceder a la situación de residente legal en España, con todos los beneficios que implica.

No obstante, también pueden inscribirse extranjeros con un estatus legal en España que, al adquirir esta nueva condición de familiar de ciudadano español o comunitario, pueden acceder a un permiso de residencia que les aporta una mayor estabilidad y derechos en el país.

Por ejemplo, los extranjeros que poseen un permiso de estancia por estudios, o aquellos que han accedido a una residencia de un año por el llamado arraigo sociolaboral o socioformativo, pueden modificar su tipo de residencia o estancia y obtener un permiso de cinco años.

Esto, obviamente, representa una mayor estabilidad y seguridad en todos los ámbitos, especialmente en el laboral, al poder ejercer cualquier actividad por cuenta ajena o propia en igualdad de condiciones que los ciudadanos españoles y comunitarios.

 

Ayuda para tramitar la inscripción de pareja de hecho en España

Desde Quintero Abogado podemos ayudarte a realizar la inscripción como pareja de hecho, estudiando tu caso y la situación en la que os encontráis tú y tu pareja, asesorándote y dándote apoyo en la tramitación de inicio a fin.

Constituir formalmente la pareja de hecho es solo el primer paso. Garantizar que la documentación probatoria de la convivencia sea sólida e inobjetable es clave para obtener la resolución favorable de tu autorización de residencia y trabajo.

En Quintero Abogado analizamos la viabilidad de tu expediente y te acompañamos en todo el proceso de inscripción y solicitud de residencia. Contacta con nuestro equipo para planificar tu trámite con total seguridad legal.